La capacidad de respuesta a la voluntad ciudadana (responsiveness) como indicador del empoderamiento ciudadano y la eficacia gubernamental (2018)

Jorge Francisco Aguirre Sala

Subido el 04 de may a las 14:36 hrs


Resumen

De los muchos tipos de gobierno que existen, la democracia es la forma más extensa y flexible para respetar la soberanía de los ciudadanos. El sentido verdadero de la ciudadanía, más allá del sentimiento nacionalista de un gentilicio, es respetado por la democracia al permitir el autogobierno mediante la participación. Por ende, la ciudadanía no se agota en la posesión de la soberanía personal, sino que implica el derecho y el ejercicio de participar en la organización y las decisiones que competen a la esfera pública. Sin embargo, la organización democrática, por la extensa población contemporánea y los complejos y múltiples aspectos de interés, exige que la soberanía se decline o delegue en representantes políticos, quiénes se responsabilizarán de llevar a cabo la voluntad de los ciudadanos. Esos responsables pueden ejercer tal potestad de muchas maneras, pero siempre con el propósito de satisfacer las necesidades y cumplir los deseos de los ciudadanos. A la capacidad de respuesta a la voluntad ciudadana se le denomina receptividad (de las peticiones ciudadanas), reciprocidad (de voluntades entre responsables y ciudadanos, es decir, entre representantes y representados), responsabilidad (de cumplir los imperativos encomendados); en muchas ocasiones, para abarcar estas tres dimensiones, aún sin una distinción precisa, se usa el anglicismo responsiveness. La capacidad de respuesta a la voluntad ciudadana es una de las cualidades más significativas para constatar, a su vez, la existencia y la calidad de un régimen democrático. Para ello es necesario un marco teórico y una práctica evaluativa que contenga indicadores diagnósticos. El marco teórico y los indicadores de la capacidad de respuesta a la voluntad ciudadana deben considerar sus sentidos y componentes, pues no todo deseo ciudadano obedece a una necesidad real, ni todo planteamiento de la voluntad general es viable. Aquí se presenta el marco teórico para comprender las distintas perspectivas de la capacidad de respuesta a la voluntad ciudadana y se enfatiza su praxis en el contexto legislativo de la democracia representativa y participativa. Ello sienta las bases para establecer un indicador que exprese de manera directa la calidad democrática. Dicho indicador se identificará con una denominación precisa, se señalará el propósito indicativo del mismo, su correspondiente descripción corta y su relevancia teórica y coyuntural, así como su fórmula y su unidad de medida. Además, se aplicará al estado de Nuevo León, México, mostrando la fuente de datos y sus alternativas complementarias, así como el origen de su disponibilidad y la periodicidad en que puede ser actualizado. Cabe hacer hincapié que el caso de Nuevo León es jurídicamente paradigmático para obtener un indicador de responsiveness, porque el art. 68 de la Constitución Política otorga el derecho a presentar iniciativas de ley por cualquier ciudadano de la entidad y, aunque el texto de la carta magna no lo especifica, de hecho los ciudadanos en lo individual y en colectivos, han presentado solicitudes de puntos de leyes, reformas, acuerdos, decretos, códigos y reglamentos. Concomitantemente a dicho derecho ciudadano, Nuevo León es de las entidades federativas de México que cuenta con más Organizaciones No Gubernamentales (ONG) y asociaciones civiles con diversas dinámicas sociales y políticas. Gutiérrez et. al. (2011) constatan que “un registro realizado por el Consejo de Desarrollo Social de Nuevo León, da cuenta de la existencia de 548 organizaciones de la sociedad civil. Si bien no es un ceso exhaustivo” (p. 216). En la actualidad el Consejo Cívico de Nuevo León, A.C. (CCINLAC, 2017), cuenta con 135 organizaciones civiles y colectivos afiliados, y no aglutina a todas las plataformas ciudadanas que inciden participativamente en la esfera política


Ámbitos y Oportunidades:

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